Fecha: 8 febrero, 2021

El Consejo de Gobierno ha aprobado este lunes mantener durante catorce días la suspensión de apertura de los grandes establecimientos comerciales, el interior de los establecimientos de hostelería o las instalaciones deportivas y gimnasios

El Consejo de Gobierno ha decidido este lunes prorrogar las medidas extraordinarias para la contención del Covid-19 en Castilla y León, decisión que se adopta «a la vista de los últimos informes que reflejan la negativa situación  epidemiológica y asistencial en el conjunto territorial autonómico durante los últimos días». De esta forma se da continuidad al régimen preventivo vigente, mediante el que se refuerza el actual nivel 4 de alarma sanitaria vigente en toda la Comunidad. La nueva prórroga se establece por un período de catorce días, comenzando desde las 00:00 h. del miércoles, 10 de febrero de 2021 e, inicialmente, hasta las 23,59 h del próximo martes, 23 de febrero.

La Consejería de Sanidad mantiene la evaluación continua la situación sanitaria con el fin de garantizar la adecuación de este régimen a la evolución de los indicadores epidemiológicos, asistenciales, sociales, económicos y de movilidad, pudiendo las medidas prorrogadas ser mantenidas, modificadas o levantadas en función de la evolución pandémica. Las medidas excepcionales prorrogadas hoy por la Junta se focalizan en el control de aforos y de la movilidad y actividad social en sectores en los que se observa una mayor interacción relacionada con nuevos brotes y contagios y sobre los que la Administración autonómica tiene capacidad competencial reguladora.

Este régimen agravado del nivel 4 de alarma sanitaria y su puesta en marcha tienen su fundamentación en el Acuerdo 76/2020, por el que se establecen los niveles de alerta sanitaria en Castilla  y León y se aprueba el Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad. De esta forma, las acciones reforzadas se centran en la suspensión de la apertura al público de los grandes establecimientos comerciales (de más de 2.500 metros cuadrados), así como las actividades de restauración en interiores, permitiéndose únicamente las terrazas al 75% y el servicio a domicilio, o la suspensión de la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física no oficial y no federada, que no sean al aire libre.

Se mantiene así suspendida la práctica de la actividad deportiva oficial de carácter no profesional de ámbito autonómico, salvo las competiciones, incluidos sus entrenamientos, que den acceso directo o cuyas fases regulares de competición desemboquen en fases de ascenso a competiciones oficiales regulares de ámbito estatal. No se permite tampoco la asistencia de público a ningún evento deportivo. Paralelamente, se mantiene la suspensión de la apertura al público de los establecimientos y locales de juegos y apuestas

Además de estas condiciones y de aquellas otras que de una forma más específica y sectorial se recogen en ese Acuerdo 76/2020, la Junta insiste en la necesidad de mantener comportamientos individuales responsables y preventivos: uso obligatorio de la mascarilla, lavado frecuente de manos y el mantenimiento de la distancia interpersonal de seguridad. La Comunidad mantiene, por otro lado, en el marco temporal establecido por el  Real 926/2020, la limitación indefinida de la entrada y la salida de personas del conjunto territorial castellano y leonés y entre todas y cada una de sus provincias, con las excepciones indicadas en los correspondientes acuerdos de la Presidencia de la Junta.

Asimismo continua vigente el toque de queda entre las ocho de la noche y las seis de la mañana; la limitación a cuatro personas de la participación en reuniones, ya éstas sean en espacios de uso público o privado; y la reducción del aforo en lugares de culto a un tercio de su capacidad, con un máximo de veinticinco asistentes.

Según señalan desde la Junta, los ciudadanos tienen la obligación de cumplir con las medidas sanitarias preventivas establecidas para la contención de la pandemia, pudiendo, en todo caso, ser sancionados los incumplimientos, de conformidad con el Decreto-Ley 7/2020, por el que se establece el régimen sancionador específico por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención sanitarias para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 en la Comunidad de Castilla y León.